Transporte escolar

La prestación gratuita del servicio complementario de transporte escolar tiene como finalidad garantizar la igualdad de todas las personas en el ejercicio del derecho a la educación, facilitando el desplazamiento gratuito del alumnado del segundo ciclo de educación infantil, de educación primaria, de educación especial, de educación secundaria obligatoria, de bachillerato y de formación profesional inicial, desde su localidad de residencia al centro docente asignado por la Administración educativa.

La Agencia Pública Andaluza de Educación tiene encomendada la gestión de las rutas de transporte escolar mediante las cuales se facilita transporte gratuito a aquellos alumnos y alumnas que tengan que desplazarse fuera de su localidad de residencia por la inexistencia en la misma de la etapa educativa que le corresponde, o bien que resida en núcleos dispersos de población, asumiéndose bajo compromisos de calidad, seguridad y accesibilidad para el alumnado beneficiario de este tipo de servicio complementario a la enseñanza.

Además de garantizar esta prestación gratuita, la Consejería de Educación concede ayudas individualizadas al alumnado de aquellas enseñanzas que, por su especificidad y dificultad de generalización, se impartan en centros docentes públicos alejados de sus localidades y donde no es posible ofrecer servicio de transporte.

Importante, señalar que todos los autobuses empleados en el transporte escolar cuentan con cinturón de seguridad, de acuerdo a la normtiva vigente.

Rutas y horarios

*Los horarios de ida y de vuelta son sólo orientativos, pues el tráfico y la propia dinámica de la subida y bajada del alumnado determinará la mayor o menor exactitud de su cumplimiento. Por tanto, se recomienda estar en las paradas unos cinco minutos antes de la hora señalada. Una vez que las puertas del transporte estén cerradas, este está obligado a iniciar su servicio.

Normas de funcionamiento del servicio de transporte escolar

Los representantes legales solicitarán el servicio de transporte escolar cada año, indicándose la parada más próxima a su domicilio familiar, en la que el alumno/a accederá al vehículo de transporte y abandonará el mismo.
Junto con la solicitud, la familia que así lo desee, deberá rellenar la correspondiente autorización de recogida del alumno/a en la parada por alguien distinto a los tutores/as legales y entregarla en Secretaria. (se permitirá ir solo desde la parada a casa a los alumnos/as de 4º/5º/6º que marquen esta opción en la correspondiente autorización).
El centro podrá solicitar a las familias el certificado de empadronamiento para acreditar documentalmente el domicilio familiar.
Tendrá derecho al servicio de transporte gratuito el alumnado de Educación Infantil y de Educación Primaria, que esté obligado a desplazarse fuera de su localidad de residencia, por inexistencia en la misma de la etapa educativa correspondiente, o que resida en núcleos dispersos de población o en edificaciones diseminadas.
Con anterioridad al inicio de curso, el centro pondrá en conocimiento de los representantes legales del alumno/a la hora, la parada autorizada, así como las normas de uso del servicio.
Todo lo relativo al transporte escolar (modificaciones, solicitud, autorización de recogida del alumnado, incidencias,….) debe ser entregado por escrito en la Secretaría del centro, nunca se dará al monitor/a del transporte, conserje ni tutor/a del alumno/a.
Cualquier incidencia sobrevenida durante el curso (nueva alta, baja del servicio, modificación en el mismo,…) deberá ser comunicada al centro por escrito acompañada de la documentación justificativa, y esta será remitida y comunicada a la Delegación Territorial, quien procederá a su resolución.
Cualquier asunto de urgencias y/o circunstancia excepcionales, podrá ser comunicada por los representantes legales de los alumnos/as vía telefónica y/o por correo electrónico, asegurándose siempre que la información la ha recibido algún miembro del equipo directivo (Director/a, Jefe/a estudios y/o Secretario/a).
Si durante todo un mes el alumno/a no hace uso del transporte escolar, podrá causar baja del servicio, con el fin de atender a nuevas solicitudes.
Ningún alumno/a será transportado sin figurar en el listado de usuario/as transportados que lleva el monitor/a y/o sin la tarjeta identificativa.
Las únicas personas autorizadas a subir al autobús son el chófer y el monitor/a.
Cuando una familia no esté en la parada solicitada, su hijo/a continuará junto al monitor/a hasta la última parada, si tampoco estuvieran los tutores/as legales en la última parada, el alumno/a será devuelto al centro educativo. Este hecho será notificado por escrito a la Dirección del centro, por el monitor/a correspondiente.
Los monitores/as de transporte podrán cambiar trimestralmente de autobús y ruta asignada.
DE CASA AL COLEGIO

Cuando el autobús estacione en el colegio, el primero en bajar será el monitor/a y después los alumnos/as que serán colocados en filas, siguiendo el mismo orden en el que han sido transportados, dentro del caminito establecido en la acera para el transporte escolar.
Una vez han bajado todos/as, los monitores/as harán el recuento y entrarán al alumnado al centro de forma ordenada colocando a las alumnos/as más pequeños en su correspondiente fila.
DEL COLEGIO A CASA

A partir de las 13:50h. el alumnado de Educación Infantil será recogido por los monitores/as en su fila.
A partir de las 14:00h. el alumnado de Primaria irá directamente al patio de Infantil y se colocará en el dibujo de su correspondiente autobús.
Una vez estén todos los alumnos/as en el dibujo de su autobús, serán trasladados, en fila y con orden, por el monitor/a hasta el autobús.
El alumnado usuario del transporte escolar está obligado a:

Subir y/o bajar del autobús de forma ordenada y correcta.
Tomar asiento de forma correcta, sin poner los pies en el asiento delantero o sacarlos al pasillo.
Ir siempre con el cinturón de seguridad abrochado.
Cumplir los horarios del servicio tanto a la ida como a la vuelta.
Tener un comportamiento correcto y actitud respetuosa con los compañeros/as, monitores/as y conductor/a.
No producir daños o deterioros en el vehículo.
No consumir alimentos ni bebidas en el vehículo, ni subir con la ropa mojada.
No manipular los mecanismos de seguridad del vehículo (extintores, cinturones de seguridad, martillos rompelunas,…).
Seguir en todo momento, las instrucciones que marca el monitor/a del autobús, responsable del cumplimento de las normas de convivencia dentro de la autobús.
Ocupar el asiento designado por el monitor/a. Preferentemente lo hará por paradas para agilizar las salidas, pero si lo cree conveniente podrá establecer otros criterios para asignar los asientos.
Hacer un uso correcto del autobús y sus instalaciones.
Cualquier conducta contraria a las normas de convivencia ocurridas en el servicio de transporte o incidencia durante el trayecto, el monitor/a la hará llegar por escrito a la dirección del centro y se aplicarán las correcciones recogidas en el ROF en caso de incumplimiento de las mismas
Las familias usuarias del transporte están obligadas a:

No subir al autobús, ni retrasar la salida o llegada del mismo, hablando con el monitor/a.
Respetar el horario y la parada solicitada. Para ello, deben estar en la parada cinco minutos antes, tanto en la ida como en la vuelta del alumnado.
Recordar a sus hijos/as las normas de convivencia en el transporte escolar.

Solicitudes

Solicitud del servicio complementario:
El servicio de transporte escolar se solicita del 1 al 10 de junio. No obstante, se puede solicitar en cualquier momento del curso, por ejemplo por cambio en el domicilio familiar del alumno/a.

Descárguese la solicitud, rellénela y entréguela en la secretaría de nuestro centro:

Solicitud de alta en el transporte escolar

• Todo lo relativo al transporte escolar deberá ser expresado por escrito en la secretaría del colegio (baja del servicio, modificaciones, autorización de recogida, incidencias,…).
• Las modificaciones en los días de uso del transporte se podrán hacer únicamente al inicio de cada trimestre y se comunicarán al menos con quince días de antelación por escrito al Secretario/a del centro y nunca verbalmente a los monitores/as del transporte.
• Cualquier circunstancia excepcional se podrá comunicar vía telefónica a la Dirección del centro, asegurándose de que la información es recibida por algún miembro del Equipo Directivo.

Ayudas

Excepcionalmente, se podrán conceder ayudas individualizadas para colaborar en los gastos de transporte del alumnado beneficiario del servicio entre su domicilio y la parada establecida de la ruta escolar más cercana a dicho domicilio, cuando el desplazamiento sea superior a dos kilómetros, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.3 del Decreto 287/2009, de 30 de junio.

Normativa

ORDEN de 29 de diciembre de 2011, por la que se modifica la Orden de 3 de diciembre de 2010, por la que se regula la organización y gestión del servicio de transporte público regular de uso especial de escolares por carretera y las ayudas individualizadas reguladas en el Decreto 287/2009, de 30 de junio, por el que se regula la prestación gratuita del servicio complementario de transporte escolar para el alumnado de los centros docentes sostenidos con fondos públicos (BOJA 19-01-2012).

ORDEN de 3 de diciembre de 2010, por la que se regula la organización y gestión del servicio de transporte público regular de uso especial de escolares por carretera y las ayudas individualizadas reguladas en el Decreto 287/2009, de 30 de junio, por el que se regula la prestación gratuita del servicio complementario de transporte escolar para el alumnado de los centros docentes sostenidos con fondos públicos (BOJA 07-01-2011)

DECRETO 287/2009, de 30 de junio, por el que se regula la prestación gratuita del servicio complementario de transporte escolar para el alumnado de los Centros docentes sostenidos con fondos públicos (BOJA 03-07-2009).

Empresa

• Transporte: Autocares Gonca.

• Empresa de monitores/as del transporte escolar: Cycle Standard Services.